Dato:
La
Ley de Cabotaje dispone que, el transporte de productos entre Puerto Rico y los
estados de Estados Unidos, tiene que hacerse en barcos de fabricación,
propiedad y tripulación estadounidenses. Eso significa que si, por ejemplo, algo
se transporta desde Costa Rica a Puerto Rico, no está en obligación de emplear barcos
de fabricación, propiedad y tripulación estadounidenses. Esa es la verdad y hay
que evolucionar.
Observación:
Estudio Fundación Carvajal: http://fundacioncarvajal.org/estudio.html
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