Alerta ante quienes manipulan el tema del status político para evadir el tema administrativo: El ELA no es la causa de malas prácticas administrativas. Veamos:
• Sobre el status político:
1. Con la creación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA), se buscó crear una nueva relación entre dos países, en el modelo autonómico. El ELA está bien definido e históricamente eso ha sido reconocido en los tribunales y en las Naciones Unidas.
2. Lo primero internacional que valida al ELA es La Resolución 748, mediante la cual, la Asamblea General de las Naciones Unidas celebró el proceso que ponía fin a la clasificación de Puerto Rico como colonia y dijo entonces que “reconocía que el pueblo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, al expresar su sentir de forma libre y democrática, ha alcanzado un nuevo status constitucional” y que “el Pueblo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha sido investido con atributos de soberanía que claramente identifica el status de gobierno propio alcanzado por el pueblo de Puerto Rico como el de una entidad política autónoma”.
3. Es cierto que vivimos tiempos atípicos y retadores. Ante vientos adversos, el ELA sigue teniendo validez y vigencia. Veamos: El Tribunal Supremo de Estados Unidos, tomó una determinación en el caso Puerto Rico v. Sánchez-Valle. Ahí, se presentó la controversia de que si pueden Puerto Rico y los Estados Unidos acusar a una misma persona por los mismos delitos sin que se viole la cláusula que prohíbe la doble exposición en la Quinta Enmienda de la Constitución federal. La juez Elena Kagan emitió la opinión del Tribunal. En sus palabras, reconoció que es “única” la relación de Puerto Rico con los Estados Unidos. Reiteró que no se ofende la cláusula de doble exposición de la Quinta Enmienda de la Constitución federal cuando son dos “soberanos” distintos los que acusan por el mismo delito. La juez Kagan fue clara al establecer que el término “soberanía” en este caso se enfoca exclusivamente en la definición de soberanía en el contexto de la cláusula que prohíbe la doble exposición de la Quinta Enmienda. Eso significa que el Supremo federal NO revisó la soberanía política de Puerto Rico, se concentró en la cláusula de doble exposición de la Quinta Enmienda. De lo anterior, se puede derivar que hablar de coloniaje o muerte del ELA es un error. El reconocer la relación de Puerto Rico con Estados Unidos como “única”, valida lo creativo del ELA. Voy más allá: La postura de la jueza Sotomayor en defensa de los mejores intereses de Puerto Rico, deja al desnudo a ciertos líderes que en Puerto Rico no sirven bien al poner la esclavitud de la ideología por encima de todo.
4. El ELA fue bien creado en 1952 como fórmula con plena dignidad moral y política. Por ejemplo, en 1953, en el caso Mora v. Mejías, la Corte de Circuito establece: “Puerto Rico has thus not become a State in the federal Union like the 48 States, but it would seem to have become a State within a common and accepted meaning of the word … It is a political entity created by the act and with the consent of the people of Puerto Rico and joined in union with the United States of America under the terms of the compact”. Es decir: Se reconoce la validez del ELA. La decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en el 2016 reconoció la naturaleza única del ELA (que no es colonia), pero ciertamente es ineludible el tema del status político. Promover el desarrollo del ELA es agenda de país en la ruta innovadora.
• Sobre la Junta:
1. La realidad de la Junta de Control Fiscal surgió por una deuda causada por malas prácticas administrativas, no por el ELA.
2. Pretender culpar al ELA por la crisis económica y buscar la destrucción de tan buen sistema democrático-constitucional en base a manipular ese tema, es tan irracional, como si en un hogar se pretendiese demoler la casa propia que tanto requirió levantar y edificar, por las fallas administrativas del jefe o la jefa de familia.
Alerta ante quienes manipulan el tema del status político para evadir el tema administrativo, porque son esclavos de las ideologías con plena terquedad y peor: lo que buscan es perpetuar malas prácticas administrativas.
En el balance justo, hay que ver los tiempos de bonanza con el ELA y las lecciones de esas experiencias para recuperar el buen camino. Voy más allá: El ELA es más que funcionarios de turno y la renuncia no es opción. El ELA tiene validez y vigencia ante cualquier camino. Por ende, reconocer y valorar al ELA es un acto de razón, corazón y afirmación. Estamos en el mejor momento para amar y perseverar, para hacer y consagrar patria. ¡Adelante!
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