lunes, 13 de junio de 2016

Porque la razón estaba y está con el ELA, ¡Pa’lante con el ELA!

El 25 de julio de 1952, fruto del más admirable y ejemplar proceso, se instauró el excelente sistema democrático-constitucional llamado Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que tiene plena dignidad moral y política.

En el curso de los años, surgió toda una jurisprudencia que validó al ELA. Ante eso, la respuesta de los líderes estadistas e independentistas, no fue respetar el debido proceso, sino seguir dando batallas, creando obstáculos al desarrollo del ELA y fomentando cainismo. Ante los que creen en la democracia solo cuando les favorece, se confirmaba que la razón estaba y está con el ELA.

En el 2016, El Tribunal Supremo de Estados Unidos, tomó una determinación en el caso Puerto Rico v. Sánchez-Valle. Ahí, se presenta la controversia de que si pueden Puerto Rico y los Estados Unidos acusar a una misma persona por los mismos delitos sin que se viole la cláusula que prohíbe la doble exposición en la Quinta Enmienda de la Constitución federal.

La juez Elena Kagan emitió la opinión del Tribunal. En sus palabras, reconoció que es “única” la relación de Puerto Rico con los Estados Unidos. Reiteró que no se ofende la cláusula de doble exposición de la Quinta Enmienda de la Constitución federal cuando son dos “soberanos” distintos los que acusan por el mismo delito.

La juez Kagan fue clara al establecer que el término “soberanía” en este caso se enfoca exclusivamente en la definición de soberanía en el contexto de la cláusula que prohíbe la doble exposición de la Quinta Enmienda. Eso significa que el Supremo federal no revisó la soberanía política de Puerto Rico, se concentró en la cláusula de doble exposición de la Quinta Enmienda.

De lo anterior, se puede derivar que hablar de coloniaje o muerte del ELA es un error. El reconocer la relación de Puerto Rico con Estados Unidos como “única”, valida lo creativo del ELA. Voy más allá: La postura de la jueza Sotomayor en defensa de los mejores intereses de Puerto Rico, deja al desnudo a ciertos líderes que en Puerto Rico no sirven bien al poner la esclavitud de la ideología por encima de todo.

El Secretario de Justicia de Puerto Rico, discrepa de la determinación del Supremo federal, pero la respeta, y explica lo siguiente:
·         “La decisión de la Corte Suprema tiene un impacto limitado en el procesamiento criminal, puesto que sólo impide un procesamiento sucesivo cuando el delito local y el federal contengan los mismos elementos; cuando se trate del mismo delito.  Cuando el delito local y el federal sean distintos, no hay impedimento para el procesamiento criminal en ambas jurisdicciones”.

Es un hecho que el ELA no tiene el mismo nivel de soberanía de un país independiente y eso no es malo. El ELA es un pacto, un convenio. De hecho, el 25 de julio de 1982 Rafael Hernández Colón dijo:  
·         Una nueva dimensión de soberanía que brinda a las libertades civiles de los puertorriqueños las protecciones de dos constituciones: la constitución americana y la constitución del Estado Libre Asociado. Doble protección para el pleno disfrute de todos los derechos constitucionales que proceden de la común ciudadanía de los estados unidos de América. Valga, pues, decir que se acabó el debate sobre la constitucionalidad del ELA se acabó el debate sobre si el ELA es o no un territorio. Su carácter autónomo está plenamente reconocido. Ya no puede haber dudas sobre su soberanía dentro del sistema federal”.

El ELA fue bien creado en 1952 como fórmula con plena dignidad moral y política. Por ejemplo, en 1953, en el caso Mora v. Mejías, la Corte de Circuito establece: 
·         “Puerto Rico has thus not become a State in the federal Union like the 48 States, but it would seem to have become a State within a common and accepted meaning of the word … It is a political entity created by the act and with the consent of the people of Puerto Rico and joined in union with the United States of America under the terms of the compact”.
                           
Es decir: Se reconoce la validez del ELA. La decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en el 2016 reconoce la naturaleza única del ELA (que no es colonia), pero ciertamente es ineludible el tema del status político. Promover el desarrollo del ELA es agenda de país en la ruta innovadora (en una ruta que no es Estadidad, Independencia ni Libre Asociación; ruta innovadora que se valida en la Resolución 2625 de las Naciones Unidas).

Estamos en el mejor momento para hacer del perfeccionamiento del ELA, el Gran Proyecto de País. Porque la razón estaba y está con el ELA, ¡Pa’lante con el ELA! Renunciar no es opción. ¡Adelante con la ayuda de Dios!
           
·         “En el sentido de que nuestro sistema norteamericano no es estático, en el sentido de  que no es un fin, sino el medio hacia un fin --en el sentido de que es un organismo con miras a crecer y extenderse para hacer frente a las condiciones y tiempos cambiantes en un país grande-- en el sentido de que cada esfuerzo gubernamental nuestro es un experimento --así las nuevas instituciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico representan un experimento-- el más nuevo experimento y quizás el más notable de los experimentos gubernamentales de Norteamérica en nuestras vidas”. --Earl Warren, Juez Presidente del Tribunal Supremo de Estados Unidos

                            




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