miércoles, 30 de diciembre de 2015

El Procurador General de Estados Unidos y Puerto Rico.

La Oficina del Procurador General de Estados Unidos fue fundada en 1870. Es parte del Departamento de Justicia de los Estados Unidos y su función es argumentar en nombre del Gobierno ante la Corte Suprema. Las opiniones del Procurador General son solo opiniones, NO son Ley ni palabra de dios.
                                           
Con toda objetividad, las opiniones de los Procuradores Generales en el curso de la historia, sostienen posiciones de las administraciones de turno. El dar extrema autoridad a opiniones de un momento dado, es un error. Por ejemplo, quienes hoy idolatran al Procurador General por opinar sobre el status político de Puerto Rico en una forma contraria a lo sostenido desde 1952, entonces avalarán lo que esa Oficina opinaba en tiempos de la prohibición o en catalogar a Albizu Campos como terrorista. Hay que tener sabiduría para entender y capacidad de discernimiento para tomar lo constructivo y desechar lo que nada bueno aporta.

Con la creación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA), se buscó crear una nueva relación entre dios países, en el modelo autonómico. El ELA está bien definido e históricamente eso ha sido reconocido en los tribunales y en las Naciones Unidas.

Lo primero internacional que valida al ELA es La Resolución 748, mediante la cual, la Asamblea General de las Naciones Unidas celebró el proceso que ponía fin a la clasificación de Puerto Rico como colonia y dijo entonces que “reconocía que el pueblo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, al expresar su sentir de forma libre y democrática, ha alcanzado un nuevo status constitucional” y que “el Pueblo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha sido investido con atributos de soberanía que claramente identifica el status de gobierno propio alcanzado por el pueblo de Puerto Rico como el de una entidad política autónoma”.

Además, la Resolución 2625 reconoce en “El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblo”, lo siguiente: “El establecimiento de un Estado soberano e independiente, la libre asociación o integración con un Estado independiente o la adquisición de cualquier otra condición política libremente decidida por un pueblo constituyen formas del ejercicio del derecho de libre determinación de ese pueblo”.

Es decir: Es falso argumentar que el ELA no es opción y que se tiene que tomar un camino en específico por el llamado “derecho internacional”, ya que en las más simples y directas palabras: Todos los principios en derecho y procesales, se fundamentan en que lo que debe imperar es la libre y sabia voluntad del pueblo. El gran debate está en dos puntos básicos:
·         Los alcances de la Ley de Relaciones Federales.
·         Los puntos específicos en áreas de crecimiento del ELA.

Las opiniones de funcionarios de turno NO son más que la base que valida al ELA, la crisis económica fue creada por malas prácticas administrativas con el lastre de la corrupción y NO por el ELA, y ciertamente NO sirven bien ciertos personajes de causas acéfalas que se pegan hasta de un clavo caliente para adelantar sus propósitos personales sin pensar en las consecuencias para el país.

Ante la realidad de que perdió vida útil el lema de que “el status no está en issue” y de que hay que atender ese tema para potenciar la democracia y el desarrollo socioeconómico, lo más importante es lo procesal: Procede una Constituyente que supere a partidos y funcionarios de turno para lograr soluciones salomónicas. En esa ruta, el ELA (alternativa inherente a la ruta de la innovación unificadora, que es muy necesaria al acentuarse lo necesario de armonizar autosuficiencia e interdependencia) es la mejor zapata para edificar y consagrar una patria grande y ejemplar. 

Si se desea forjar algo bueno, hay educar para potenciar constructivamente, respetar la diversidad, no maltratar a quien piense diferente y sobre todo, ver que una fórmula de status político no es ideal, sino instrumento para servir a mayores ideales.
   
·         “En el sentido de que nuestro sistema norteamericano no es estático, en el sentido de  que no es un fin, sino el medio hacia un fin --en el sentido de que es un organismo con miras a crecer y extenderse para hacer frente a las condiciones y tiempos cambiantes en un país grande-- en el sentido de que cada esfuerzo gubernamental nuestro es un experimento --así las nuevas instituciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico representan un experimento-- el más nuevo experimento y quizás el más notable de los experimentos gubernamentales de Norteamérica en nuestras vidas”. --Earl Warren, Juez Presidente del Tribunal Supremo de Estados Unidos

·         “Puerto Rico es verdaderamente único. Nos sentimos felices de que Puerto Rico sea un Estado Libre Asociado autónomo, orgulloso, unido a los Estados Unidos por propia decisión. Esta Isla en las aguas del Caribe, entre dos grandes macizos continentales, ha sido fecundada por dos poderosas corrientes de la historia, enriquecidas por dos grandes tesoros de la cultura. Con ellas Puerto Rico ha dado forma a su propia manera de vida mezclando lo mejor de lo viejo y de lo nuevo. Su programa de desarrollo, cuyas raíces son la confianza propia, la ayuda propia, el propio logro, han causado tremendo interés en cada área del mundo libre.  Y para otros pueblos que ahora luchan por realizar sus aspiraciones y ambiciones, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha demostrado que el valor, la persistencia, la fe en los hombres y en el destino que Dios le ha dado, pueden abrir caminos a través de barreras y obstáculos que pudieran parecer insuperables. Ustedes han hecho para el Estado Libre Asociado un record de logros en que muchos otros pueblos alrededor  del  mundo han encontrado experiencias e inspiración--.” --Dwight  Eisenhower

·          “En Puerto Rico nos sentimos profundamente orgullosos de la aportación al pensamiento político de América que significa el Estado Libre Asociado. Nos sentimos orgullosos como puertorriqueños y como ciudadanos de Estados Unidos. El Estado Libre Asociado es creación del espíritu de ambos pueblos. La capacidad de ambos para desarrollar nuevas formas políticas; la disposición de Estados Unidos, tan claramente demostrada en el caso de Puerto Rico, de respetar y respaldar los deseos democráticamente expresados por un pueblo –aún llegando a adoptar nuevas formas e instituciones en su manera tradicional de federalismo- hacen que se ahonden nuestra confianza en nosotros mismos como puertorriqueños, nuestro afecto por el pueblo de Estados Unidos, nuestro respeto por la libertad que simboliza, sostiene y genera. No es libertad rutinaria. No es libertad incrustada en rígidos moldes jurídicos. Es libertad creadora de nuevas dimensiones de libertad”. –Luis Muñoz Marín.  
                        
·         “La creación del Estado Libre Asociado fue la culminación de una centenaria tradición autonómica que lanza su primera palabra con el obispo Arizmendi en la Catedral de San Juan y con Ramón Power en las cortes de Cádiz. Esa idea se ennobleció con sacrificio de los mejores de nuestros mayores. Hoy seguimos recordando con el más profundo respeto a aquellos hombres que arrastraron la persecución, la cárcel y el exilio en defensa de nuestros intereses y nuestros derechos.
Y, entre ellos, tenemos hoy nuestro primer recuerdo para el hombre que finalmente pudo dar forma y poner por obra las ideas de libertad y de justicia que venían madurando a lo largo del tiempo el líder, el arquitecto de una nueva esperanza, Luis Muñoz Marín. Nosotros somos la continuación de esa historia y esa historia no puede perderse...
Una nueva dimensión de soberanía necesaria para que un país como Puerto Rico vinculado con los Estados Unidos a través de la común ciudadanía, pero con historia, cultura y circunstancias diferentes, pudiera enfrentarse a los más graves problemas de pobreza extrema y superarlos adquiriendo un nivel de desarrollo que no ha sido igualado en toda la América latina.
Una nueva dimensión de soberanía que brinda a las libertades civiles de los puertorriqueños las protecciones de dos constituciones: la constitución americana y la constitución del Estado Libre Asociado. Doble protección para el pleno disfrute de todos los derechos constitucionales que proceden de la común ciudadanía de los Estados Unidos de América…
Su carácter autónomo está plenamente reconocido. Ya no puede haber dudas sobre su soberanía dentro del sistema federal...”
--Rafael Hernández Colón

                                          








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