miércoles, 18 de diciembre de 2013

Gracias a Rafael Hernández Colón por confirmar que las opiniones de congresistas de turno NO son más que la base histórica que valida al ELA.

Gracias a Rafael Hernández Colón por aportar sabiduría, serenidad y sensatez ante el tema del status político; mediante el texto titulado “Misguided policy on Puerto Rico” y publicado 18 de diciembre de 2013 en el periódico “The Hill” de Washington DC.

Ante los datos y la interpretación respetable de los mismos, se afirma que en vez de impresionarnos o caer en la tentación de perder la perspectiva por opiniones que de momento dominen en los medios, procede entender lo siguiente: Las opiniones de congresistas de turno no son más que la base histórica que valida al ELA. Veamos:

Los pueblos que reconocen y fomentan sus logros, son pueblos con mejor capacidad de unificación y crecimiento integral.
Es al extremo irresponsable culpar por todo mal a la fórmula de status político y como muestra, en Estados Unidos no se hubiese concebido el destruir todo su sistema democrático-constitucional por los embates de la crisis del petróleo, conflictos como Vietnam o Watergate, o sucesos como el 9-11 que sigue teniendo impacto.
                                                           
El ELA es fruto del más democrático y admirable proceso y es mucho más que las consideraciones partidistas, las agendas personales e ideológicas, y las decisiones y actuaciones de funcionarios y administraciones de turno.           
Lo significativo es que el ELA tiene gran historia por las esencias de pueblo y patria. La realidad es que el ELA es ampliamente reconocido y validado.

Como muy bien establece Hernández Colón, el ELA es reconocido por la Resolución 748, mediante la cual, la Asamblea General de las Naciones Unidas celebró el proceso que ponía fin a la clasificación de Puerto Rico como colonia y dijo entonces que “reconocía que el pueblo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, al expresar su sentir de forma libre y democrática, ha alcanzado un nuevo status constitucional” y que “el Pueblo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ha sido investido con atributos de soberanía que claramente identifica el status de gobierno propio alcanzado por el pueblo de Puerto Rico como el de una entidad política autónoma”.

A eso añado que la Resolución 2625 reconoce en “El principio de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblo”, lo siguiente:
·         “El establecimiento de un Estado soberano e independiente, la libre asociación o integración con un Estado independiente o la adquisición de cualquier otra condición política libremente decidida por un pueblo constituyen formas del ejercicio del derecho de libre determinación de ese pueblo”.

Es decir: No es correcto argumentar que el ELA no es opción y que se tiene que tomar un camino en específico por el llamado “derecho internacional”, ya que en las más simples y directas palabras: Todos los principios en derecho y procesales, se fundamentan en que lo que debe imperar es la libre y sabia voluntad del pueblo.

El ELA también ha triunfado en el terreno judicial. Por ejemplo: En 1967, el Tribunal Supremo de Estados Unidos adjudicó el caso de Afroyim v. Rusk sobre la ciudadanía americana, lo que puso fin a la teoría de que se podía perder la ciudadanía bajo el ELA. En 1953, en el caso Mora v. Mejías, la Corte de Circuito establece: “Puerto Rico has thus not become a State in the federal Union like the 48 States, but it would seem to have become a State within a common and accepted meaning of the word … It is a political entity created by the act and with the consent of the people of Puerto Rico and joined in union with the United States of America under the terms of the compact”.

Es decir: Se reconoce la validez del ELA. Los casos electorales, como los pavazos y los pivazos, son gran ejemplo en que se valida la autoridad del ELA para establecer el gran principio de la voluntad del elector. No olvidemos que la Constitución del ELA reconoce la soberanía del pueblo y su suprema expresión en las urnas.

El ELA es un pacto democrático que ha funcionado bien y sirve. Sin embargo, con el paso del tiempo, se ha considerado pertinente revisar términos de ese pacto para dar mayores poderes a la Isla en temas controlados por el nivel federal. Eso NO significa eliminar el pacto o que no sirva, sino perfeccionarlo. De ahí surge el nombre de “Nuevo Pacto”. En la medida que la generosidad, el cristianismo y el patriotismo prevalezcan en forma sabia y salomónica, redescubriremos la gran herramienta de estabilidad y progreso que es el ELA en la base de la unión permanente de PR con EEUU.

Recordemos que el gran ideal NO está en una fórmula de status político, sino en la inmensa obra humana a desarrollar. El ELA es innovación, lo que es fe en acción.
Por todo lo anterior, es antidemocrático excluir al ELA, y peor sería tratar de llevar al ELA hacia una “definición” en la ruta de lo que no es. Ya la soberanía está en la Constitución del ELA y lo que procede es que crezca en su propia naturaleza.

El caso de Puerto Rico no es colonial, sino de buscar perfeccionar su realidad. No se trata de que el ELA no sirva. La evidencia confirma que el ELA sirve y es buena zapata para construir. Se trata de atender temas pendientes y actualizar lo iniciado al crearse el ELA, en temas como la Ley de Cabotaje, mayores incentivos industriales que fomenten el progreso y la democracia en toda la región, elevar a rango constitucional la autonomía municipal, y otros. ¡Gracias Hernández! Dios ilumine a todos.

·         “Es muy honroso agregarle una estrella más a la gran bandera de Estados Unidos. Es igualmente honroso agregarle una idea creadora más, a la gran constelación de la libertad en el pensamiento de América”. –Luis Muñoz Marín. 



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